🌍 FRANCIA y las EMSIONES: sancionará en 2025 a las empresas de transporte que no informen a los clientes sobre sus emisiones de GEI

Introducción

 

A partir de 2025, Francia impondrá sanciones a las empresas de transporte que no proporcionen información detallada a sus clientes sobre las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) generadas por sus actividades. Esta medida es parte de un esfuerzo más amplio para combatir el cambio climático y promover la transparencia en el sector del transporte.

Nueva legislación en Francia

 

Los proveedores de transporte, tanto de pasajeros como de mercancías, deberán informar a los clientes de la cantidad de GEI emitidos durante el transporte. Esta normativa, que inicialmente se centraba en el dióxido de carbono (CO2) desde 2013, fue ampliada para incluir otros gases de efecto invernadero.

El artículo L.1431-3 del código de transportes establece que «toda persona que comercialice u organice un servicio de transporte de personas, mercancías o de mudanzas deberá proporcionar al beneficiario del servicio información relativa a la cantidad de gases de efecto invernadero emitidos por el modo o modos de transporte utilizados para prestar este servicio”.

Plazos y sanciones

 

Plazo de implementación: Las empresas de transporte tendrán hasta el 1 de enero de 2025 para adaptarse a esta nueva normativa. A partir de esa fecha, aquellas que no cumplan con los requisitos serán sancionadas.

Sanciones: El incumplimiento de las obligaciones de información será sancionado con una multa administrativa que no excederá los 3.000 euros.

Autoridades involucradas

 

Ministerio de Transición Ecológica: Esta institución lidera la implementación y supervisión de la nueva legislación. Su misión es asegurar que las políticas ambientales sean efectivas y se cumplan.

Agencia de Medio Ambiente y Gestión de la Energía (ADEME): Esta agencia proporcionará soporte técnico y guías a las empresas para ayudarlas a cumplir con los nuevos requisitos.

Documentación requerida

 

Los artículos D.1431-1 a D.1431-23 del Código de Transportes establecen los principios de cálculo comunes a todos los modos de transporte (ferroviario, por carretera, fluvial, marítimo, aéreo). Estos artículos especifican los métodos para informar al beneficiario y el calendario de aplicación de las disposiciones.

Las empresas deberán elaborar informes detallados que incluyan:

  • Cantidad de emisiones de GEI generadas.
  • Métodos utilizados para calcular dichas emisiones.
  • Estrategias adoptadas para reducir su huella de carbono.

Impacto en el sector del transporte

 

Esta medida afectará a unos 85.000 proveedores de servicios de transporte, incluyendo trenes, aviones, barcos, tranvías, autobuses, autocares, camiones, taxis, agentes de transporte, empresas de mudanzas y agencias de viajes. El objetivo es proporcionar a los viajeros y empresas información sobre sus opciones de transporte y guiarlos hacia soluciones más respetuosas con el medio ambiente.

El método de cálculo integra las emisiones de GEI sumando:

  • Emisiones para producir energía a partir del modo de transporte (combustibles fósiles líquidos, combustibles fósiles gaseosos, electricidad, biocombustibles, etc.).
  • Emisiones durante el propio transporte.

Las empresas pueden elegir entre cuatro niveles de precisión, lo que permite perfeccionar gradualmente el cálculo. El cálculo de estas emisiones puede realizarse con la ayuda de la Plataforma EVE, disponible en francés (Plateforme EVE).

Europa ITS está en desarrollo de su propia plataforma para el cálculo de las emisiones, una vez acabada os informaremos por las vías habituales de email y Whatsapp.

Comunicaciones de las emisiones

 

Los transportistas pueden elegir el medio de comunicación que mejor se adapte a su servicio, siempre que la información sea clara y accesible, pudiendo ser presentada en carteles, folletos, impresiones en billetes, correos electrónicos, SMS, etc. Para el transporte de personas, la información debe estar disponible antes de confirmar el pedido.

¿Quién esta obligado a informarlo?

 

Las obligaciones de información se aplican a todos los servicios de transporte con origen y destino en territorio francés, incluyendo a los transportistas extranjeros, siempre que las disposiciones correspondientes sean adoptadas en el marco de los organismos europeos e internacionales competentes. Los transportes en tránsito, con origen y destino fuera de Francia, no están afectados por esta normativa.

Conclusión

 

La implementación de esta normativa en 2025 representa un paso crucial hacia un transporte más sostenible y responsable. Las empresas de transporte en Francia deberán adaptarse rápidamente para cumplir con las nuevas exigencias y evitar sanciones.

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